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dom, May, 2024
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Estudiantes regresarán a clases presenciales en universidades de Argentina: gobierno Nacional

De acuerdo al Boletín Oficial que se publicó este viernes 6 de noviembre, el Gobierno habilitó el regreso de las clases presenciales e universidades de todo el país. Las Instituciones educativas tendrán la obligación de cumplir con estrictos protocolos, mientras que el personal directivo, alumnos y docentes podrán utilizar el transporte público, siempre y cuando “no cuenten con medios alternativos”.

Por medio de la conformidad del Ministerio de Educación de la Nación, encabezado por Nicolás Trotta y la Decisión Administrativa 1995/2020, se exhortó “la efectiva reanudación de las actividades académicas presenciales en Universidades e Institutos Universitarios será decidida por las autoridades provinciales y CABA, quienes podrán suspender las actividades y reiniciarlas conforme la evolución de la situación epidemiológica”.

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El texto explica que las actividades quedan autorizadas para realizarse conforme los con los protocolos que en cada caso establezcan las autoridades sanitarias locales. “Se deberá garantizar la organización de turnos y losmodos de trabajo que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio de Covid-19”, documento es firmado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y el ministro de Salud de la Nación, Ginés González García.

La normativa señala que los gobernadores de cada provincia decidirán la efectiva reanudación, “pudiendo suspender las actividades y reiniciarlas en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria”, explica.

Para finalizar, se deberá tomar en cuentas que como parte de las nuevas medidas preventivas, se recomienda que el transporte público “solo sea empleado cuando no se cuente con medios alternativos”, ya que su utilización facilita la transmisión del virus.

El documento aclara, por último, que las personas alcanzadas por la medida que no residan en el aglomerado, departamento o partido donde deban asistir a ­las actividades académicas presenciales, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación”.

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La normativa señala que los gobernadores de cada provincia decidirán la efectiva reanudación, “pudiendo suspender las actividades y reiniciarlas en el marco de sus competencias territoriales, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria local, y conforme a la situación epidemiológica y sanitaria”, explica.

Para finalizar, se deberá tomar en cuentas que como parte de las nuevas medidas preventivas, se recomienda que el transporte público “solo sea empleado cuando no se cuente con medios alternativos”, ya que su utilización facilita la transmisión del virus.

El documento aclara, por último, que las personas alcanzadas por la medida que no residan en el aglomerado, departamento o partido donde deban asistir a ­las actividades académicas presenciales, deberán tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación”.

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