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dom, May, 2024
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Diputados aplazan fecha de entrada en vigor de consulta para enjuiciar expresidentes a última hora

El Pleno de la Cámara de Diputados cambió de última hora el decreto publicado el 28 de octubre donde se da conocer la entrada en vigor de la convocatoria para la consulta popular para enjuiciar a los expresidentes.

Morena y sus aliados, que forman la mayoría parlamentaria lograron sumar 306 votos a favor de cambiar del 28 de octubre de este año hasta el 15 de julio del 2021 la entrada de vigor del decreto, sin que la decisión entorpezca las actividades del INE para la preparación de la consulta ciudad para agosto del 2021.

 “No hay claridad en la Ley de Consulta Popular”, declaró Rocío Barrera, de Morena, ante la solicitud del cambio de fecha, ya que entrado en vigor el decreto para la consulta, tendría que haber una larga veda a las campañas de promoción de todo el Gobierno federal, que terminaría hasta que concluya el proceso de la consulta, hasta agosto del 2021, lo que afectaría a toda la ciudadanía.

Barrera agregó que cuando se publicó el decreto “no se consideró lo dispuesto por el precepto constitucional en el artículo 35, que en una interpretación literal dispondría la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de la consulta”, es decir casi diez meses.

“La Ley Federal de Consulta Popular no establece una fecha cierta de inicio del proceso de consulta popular ni hace referencia al lapso en que deba cesar la difusión de propaganda gubernamental, con el propósito de no influir en el voto de la ciudadanía en la consulta”, indicó.

Dijo que, mediante una interpretación funcional y por mayoría de razón, “no es el inicio de vigencia del decreto, sino el tiempo que dure la campaña de difusión que hace referencia el artículo 40 de la Ley Federal de Consulta Popular, el que debe determinar la veda de propaganda; sin embargo, la falta de claridad de la ley que se encuentra fuera del contexto constitucional hace necesaria la modificación del decreto, para procurar absoluta certeza en la difusión”.

Insistió que “no es la intención de las legisladoras y los legisladores suspender desde ahora la difusión de la propaganda pública, pues la misma constituye un medio idóneo para procurar el derecho de acceso a la información pública oficial, en forma suficiente y fidedigna, siempre que tenga un carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”.

El decreto fue enviado ya al Ejecutivo federal para su publicación, nuevamente, en el Diario Oficial de la Federación.

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 “No hay claridad en la Ley de Consulta Popular”, declaró Rocío Barrera, de Morena, ante la solicitud del cambio de fecha, ya que entrado en vigor el decreto para la consulta, tendría que haber una larga veda a las campañas de promoción de todo el Gobierno federal, que terminaría hasta que concluya el proceso de la consulta, hasta agosto del 2021, lo que afectaría a toda la ciudadanía.

Barrera agregó que cuando se publicó el decreto “no se consideró lo dispuesto por el precepto constitucional en el artículo 35, que en una interpretación literal dispondría la suspensión de la difusión de propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de la consulta”, es decir casi diez meses.

“La Ley Federal de Consulta Popular no establece una fecha cierta de inicio del proceso de consulta popular ni hace referencia al lapso en que deba cesar la difusión de propaganda gubernamental, con el propósito de no influir en el voto de la ciudadanía en la consulta”, indicó.

Dijo que, mediante una interpretación funcional y por mayoría de razón, “no es el inicio de vigencia del decreto, sino el tiempo que dure la campaña de difusión que hace referencia el artículo 40 de la Ley Federal de Consulta Popular, el que debe determinar la veda de propaganda; sin embargo, la falta de claridad de la ley que se encuentra fuera del contexto constitucional hace necesaria la modificación del decreto, para procurar absoluta certeza en la difusión”.

Insistió que “no es la intención de las legisladoras y los legisladores suspender desde ahora la difusión de la propaganda pública, pues la misma constituye un medio idóneo para procurar el derecho de acceso a la información pública oficial, en forma suficiente y fidedigna, siempre que tenga un carácter institucional y fines informativos, educativos o de orientación social”.

El decreto fue enviado ya al Ejecutivo federal para su publicación, nuevamente, en el Diario Oficial de la Federación.

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