Si deseas legar tus bienes a tu fiel compañero peludo después de tu partida, es posible hacerlo a través de tu testamento. Pero, ¿qué consideraciones debes tener en cuenta?
Cada septiembre, México celebra el “mes del testamento” ofreciendo descuentos de hasta el 50% para que los ciudadanos puedan dejar plasmadas sus intenciones para el momento final. Sin embargo, surge la interrogante: ¿Mi mascota puede recibir herencia?
El Colegio Nacional del Notariado Mexicano aclaró que la ley permite que una mascota herede propiedades y bienes, siempre y cuando sea a través de una entidad física o jurídica. Esta entidad será responsable de utilizar los recursos dejados por el difunto para cuidar del gato o perro hasta el final de sus días.
Para que tu amiguito de cuatro patas pueda recibir tus bienes, es necesario designar un albacea que determine la cantidad de dinero y la frecuencia con la que se proporcionará para el sustento del animal. El albacea también supervisará el bienestar de la mascota hasta su fallecimiento.
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En esencia, esta persona deberá seguir al pie de la letra las instrucciones del dueño y garantizar que los bienes y propiedades estén destinados exclusivamente al bienestar del perro o gato.
Nombrar a un albacea debe especificarse al redactar el testamento, subrayando la importancia de tener en orden los documentos en cualquier circunstancia inesperada.
Cuando el dueño de la mascota fallece, el albacea debe presentar el acta de defunción y el testimonio del testamento ante el notario para iniciar el proceso de sucesión.
En este noveno mes del año, septiembre, y los notarios del país ofrecen asesoría gratuita y costos preferenciales a quienes deseen realizar su testamento. Consulta a tu notario de confianza para heredar tranquilidad a tu familia.
En caso de no dejar un testamento, se convocará a todas las partes interesadas en la sucesión. El proceso seguirá un “orden de prelación para heredar”.
Una vez convocados los interesados, se designará a un albacea, seguido de la elaboración de un inventario de bienes y propiedades. Una vez alcanzado un acuerdo, se procederá a la distribución de los bienes.

