El pasado lunes, el Gobierno de Nuevo León aprobó reformas a la Ley del Servicio Civil, marcando un hito al permitir que las mujeres que enfrenten problemas de salud durante su periodo menstrual puedan solicitar incapacidad laboral “por menstruación” y ausentarse de sus labores.
A través de un comunicado oficial, el Estado anunció las reformas a las fracciones XIX y XX del artículo 36, además de la adición del artículo 24 Bis 7 y la fracción XXI al artículo 36.
El artículo 24 Bis 7 establece que las mujeres tienen el derecho de solicitar una incapacidad por menstruación y ausentarse dos días de sus lugares de trabajo durante su periodo menstrual. Sin embargo, para acceder a este beneficio, es requisito haber sido diagnosticada con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.

En estas circunstancias, se permite a las mujeres retomar sus labores mediante “trabajo a distancia mediante el uso de las tecnologías de información y de la comunicación”, según lo dispuesto por el decreto del Gobierno Estatal.
En caso de que el trabajo remoto no sea factible, las mujeres con la autorización correspondiente podrán ausentarse hasta por dos días, siempre que presenten una prescripción médica que justifique la situación.
Aquellas mujeres que requieran este beneficio deberán solicitar un certificado de salud emitido por el médico de la institución de seguridad social del Gobierno de Nuevo León o del Gobierno Municipal.
Este certificado deberá contener información detallada sobre la mujer solicitante, incluyendo su nombre, número de cédula profesional, fecha y estado de salud.

