Empresas pagarán multas de hasta 162 mil pesos por no afiliar trabajadores al Fonacot

La aprobación de la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) por parte del Congreso de la Unión ha generado un cambio en relación con la afiliación de los centros de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot). Esta reforma establece sanciones específicas para aquellos centros de trabajo que no cumplan con esta obligación patronal.

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La modificación al artículo 994 de la LFT establece que las empresas que no se afilien al Fonacot podrán enfrentar multas que oscilan entre 5,428 y 162,855 pesos por cada empleado afectado.

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Esta medida busca promover la afiliación de los centros de trabajo al Fonacot, lo que, según los argumentos presentados, facilitaría el acceso de los trabajadores a los beneficios que ofrece esta institución y promovería el consumo privado, estimulando así la actividad económica y la inclusión financiera.

La reforma, que ha pasado por el proceso legislativo y ha recibido el aval tanto de la Cámara de Diputados como del Senado, está pendiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para su entrada en vigor.

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