La Primera Sala de la SCJN determinó que el matrimonio y el concubinato no pueden incluir a más de dos personas. El caso se originó por un amparo que un ciudadano de Puebla obtuvo para poder tener una relación ‘poliamorosa’.
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El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo argumentó que las relaciones ‘poliamorosas’ no tienen una gran presencia en la sociedad mexicana y podrían generar situaciones desiguales y de discriminación.
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También mencionó que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer ha establecido que debe existir una igualdad en el matrimonio y en las relaciones familiares, lo que no siempre se da en las relaciones poligámicas.
La Primera Sala de la Corte avaló por mayoría de votos el proyecto del ministro Pardo Rebolledo, para rechazar la regulación del poliamor en el marco del matrimonio o concubinato.
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La decisión ha generado debate en las redes sociales, con algunos usuarios a favor de la postura de la SCJN y otros que la consideran discriminatoria.

