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dom, Jun, 2024

Analiza AHMSA ampararse contra sentencia de Minosa

El Departamento Jurídico de Altos Hornos de México aún analiza ampararse contra la sentencia del Juez Saúl Martínez Lira, que dictó la quiebra de Minera del Norte.

Una fuente de la empresa informó que el despacho de abogados de la acerera revisa las opciones legales para revertir la sentencia de Minosa. El Juez Saúl Martínez Lira, titular el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles sentenció la quiebra en el proceso 77/2022.

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La comerciante entregó en tiempo y forma el acuerdo concursal al togado, firmado por la mayoría de los acreedores del concurso mercantil. Sin embargo el juzgador declaró la sentencia en el proceso al invalidar por tecnicismos el convenio firmado.

Minera del Norte y los acreedores privilegiados y comunes impugnaron la sentencia pero el Juez Martínez Lira rechazó las promociones de las partes. De acuerdo a la ley, aún queda el recurso de amparo.

Los abogados de la filial de Altos Hornos de México aún no han presentado esta opción jurídica para detener la quiebra y evitar el remate de la minera. El despacho legal analiza esta opción como estrategia jurídica para defender a Minosa de ampararse contra la sentencia.

Sin embargo aún no ha presentado la demanda de amparo, informó una fuente de la acerera monclovense.

El juez declaró Martínez Lira sentenció la quiebra de Minera del Norte S.A. (Minosa), filial de Altos Hornos de México el pasado 6 de mayo.

Minera del Norte, que aún podría apelar la sentencia, tenía una plantilla laboral de 4 mil 900 mineros y trabajadores sindicalizados.

Minosa promovió un convenio concursal con acreedores privilegiados y comunes de la empresa, que presentó al tribunal federal dentro de la causa concursal 77/2022.

El documento bajo el registro 3898 lo entregó el conciliador Víctor Manuel Aguilera Gómez al Juez Segundo de Distrito el 18 de abril pasado. El 23 el tribunal le dio trámite legal al documento.

El Juez Saúl Martínez Lira resolvió el lunes 29 de abril la no aprobación. La sentencia señala que no se consideraron diversos acreedores entre los firmantes.

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