El presidente Andrés Manuel López Obrador ha promulgado una reforma a la Ley de Amparo, la cual prohíbe a los jueces frenar provisionalmente la entrada en vigor de reformas o leyes de aplicación general. Esta modificación legal entrará en vigor el sábado.
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La reforma afecta los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución. Estos artículos tratan sobre la suspensión del acto reclamado y la inconstitucionalidad de normas generales.
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El juicio de amparo permite a los ciudadanos solicitar protección judicial cuando consideran que sus derechos humanos han sido vulnerados por autoridad. Tradicionalmente, los jueces federales podían conceder suspensiones para mantener las cosas en su estado actual. Mientras se resolvía el juicio, previniendo la ejecución del acto que se reclamaba como violatorio de derechos.
Anteriormente, el artículo 129 permitía una excepción. Permitía a los jueces conceder suspensiones incluso en casos de interés social si negarlas podría causar mayor daño. Esta excepción ha sido eliminada.
El artículo 148 se ha modificado para prohibir a los jueces conceder suspensiones con efectos generales en juicios que cuestionan la inconstitucionalidad de normas generales. Esto significa que las suspensiones otorgadas solo beneficiarán a los individuos que solicitan el amparo y no tendrán efectos para la sociedad en general.
Esta reforma surge en respuesta a suspensiones otorgadas en varios casos durante el actual sexenio, que han molestado al gobierno federal. Ejemplos incluyen: suspensiones contra la eliminación de fideicomisos, la inclusión de menores en el Plan Nacional de Vacunación durante la pandemia de Covid-19, y la entrada en vigor de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, entre otros.
Legisladores de Morena, han impulsado esta reforma argumentando que otorgar suspensiones con efectos generales puede ocasionar un daño mayor a la sociedad al permitir un trato distinto para unos y otros.
Con esta modificación, los jueces solo podrán conceder suspensiones que beneficien directamente a los solicitantes de amparo. Limitando el alcance de las suspensiones en términos de impacto social.
La reforma entrará en vigor este sábado. A partir de esa fecha, cualquier impugnación deberá ser presentada ante la SCJN dentro de los siguientes 30 días hábiles. La Suprema Corte tendrá la última palabra sobre la constitucionalidad de esta reforma y su impacto en el sistema judicial mexicano.

