¿Me pueden retener el aguinaldo si soy deudor alimentario?: Esto es lo que se sabe

El aguinaldo es una prestación laboral que cada trabajador formal tiene derecho a recibir al finalizar el año. Sin embargo, surgen dudas cuando la persona tiene obligaciones relacionadas con pensión alimenticia. En estos casos, el pago no siempre se entrega de forma completa al trabajador. La ley establece reglas específicas para asegurar el bienestar de las personas beneficiarias.

Aunque el aguinaldo no se pierde, sí puede estar sujeto a un descuento cuando existe una orden judicial de pensión alimenticia. La legislación mexicana da prioridad al derecho de alimentación, educación y bienestar de los menores o beneficiarios. Por esta razón, el juez puede ordenar que la pensión se calcule también sobre las prestaciones laborales adicionales. Esto incluye de manera directa el aguinaldo.

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Cuando existe esta orden, la empresa o patrón tiene la obligación de retener el porcentaje correspondiente de la prestación. Esa parte del aguinaldo se entrega al beneficiario o se envía al juzgado para su administración. El trabajador recibe únicamente la cantidad restante después de la retención. La empresa no puede negarse a aplicar este procedimiento.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo confirma que la pensión alimenticia es una de las pocas razones legales por las que el patrón puede descontar parte del aguinaldo. Si el patrón no realiza el descuento, puede considerarse incumplimiento a una orden judicial.

El patrón debe entregar el pago de aguinaldo completo o con retención, según el caso, antes del 20 de diciembre de cada año.

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