Con la llegada del mes de diciembre, las empresas están obligadas a prepararse para el pago del aguinaldo, una prestación establecida en la Ley Federal del Trabajo desde 1970, recordó Roberto Ramírez García, titular del Centro de Conciliación Laboral en la Región Centro.
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El funcionario explicó que el artículo 87 de la ley establece que todo trabajador tiene derecho a recibir, como mínimo, 15 días de salario como aguinaldo, el cual deberá ser pagado a más tardar el 19 de diciembre. “La ley dice claramente antes del 20 de diciembre, lo cual se traduce en que el último día para cumplir es el 19. Muchos creen erróneamente que el plazo es el 20”, puntualizó.
Ramírez señaló que esta prestación tiene raíces históricas que se remontan incluso a siglos pasados, cuando el “aguinaldo” era un regalo de buenos deseos entregado comúnmente en Año Nuevo. Fue durante el gobierno de Adolfo López Mateos cuando se impulsó su integración formal al marco legal, y desde mayo de 1970 quedó establecida como una obligación patronal.
Ante la confusión generada en redes sociales y algunos medios sobre el pago de 40 días de aguinaldo, Ramírez aclaró que dicho decreto aplica únicamente para funcionarios públicos federales, y no para los trabajadores del sector privado. “Ese pago especial se emitió por decreto presidencial y será en dos partes, pero no aplica en el ámbito laboral común, donde sigue vigente el mínimo de 15 días”, explicó.
Finalmente, exhortó a los patrones a cumplir puntualmente con esta obligación, y a los trabajadores a conocer sus derechos y acudir al Centro de Conciliación Laboral en caso de dudas o irregularidades.

