Obreros denuncian falta de aguinaldo en empresa con operaciones en Monclova y Castaños

En plena recta final del año, trabajadores de la empresa Secumsa Edificaciones Metálicas, que opera en municipios de la Región Centro, alzaron la voz para denunciar el incumplimiento en el pago del aguinaldo, una prestación laboral obligatoria que debió entregarse a más tardar el 19 de diciembre, según lo marca la Ley Federal del Trabajo.

Publicidad NRT

Los empleados, que desempeñan funciones como soldadores, paileros y personal de mantenimiento industrial, aseguran que la empresa —con sede en Monterrey— les ha informado que no cuenta con recursos económicos para cubrir el aguinaldo, lo cual ha generado preocupación y enojo entre los afectados.

“Hemos cumplido con nuestro trabajo… pero no han cumplido con nosotros”

Según testimonio de los propios trabajadores, entre 20 y 25 personas se encuentran en esta situación, brindando servicios a través de contratos subrogados en compañías como FreightCar y otras del giro metalmecánico, donde laboran jornadas completas y realizan tareas especializadas.

Pese a ello, no han recibido ni una parte del aguinaldo correspondiente, lo que —en palabras de los afectados— ha impactado directamente en su economía familiar justo en temporada navideña.

“Hemos trabajado todo el año, incluso en condiciones pesadas. Lo mínimo que esperamos es que se respete lo que por ley nos corresponde”, expresó uno de los obreros.

Acuden a Conciliación en busca de respaldo legal

Ante la omisión de la empresa, el grupo de trabajadores acudió al Centro de Conciliación Laboral de Coahuila, donde fueron recibidos pese a que la dependencia se encuentra en periodo vacacional, debido al número significativo de personas involucradas.

El titular del organismo, Roberto Ramírez, confirmó que el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo obliga al patrón a cubrir como mínimo 15 días de salario como aguinaldo, y que el 19 de diciembre es la fecha límite para hacerlo.

No obstante, aclaró que el Centro de Conciliación no tiene facultades para forzar el pago inmediato, pero sí puede emitir una constancia legal que permita a los trabajadores acudir a tribunales laborales para exigir su derecho mediante una vía ordinaria.

En caso de proceder legalmente, la empresa podría enfrentar sanciones económicas contempladas en los artículos 994 y 1000 de la ley laboral, con multas calculadas en UMAS (Unidad de Medida y Actualización).

Piden que el caso no quede en el olvido

Los trabajadores exhortaron a las autoridades laborales estatales y federales a intervenir, y también solicitaron el apoyo de los medios de comunicación para visibilizar su caso y evitar que quede sin consecuencias.

“Los obreros somos quienes sostenemos la producción, quienes ponemos las manos en cada proyecto. Lo justo es que se nos respete”, señalaron.

NOTAS RELACIONADAS

LO MÁS RECIENTE