Pago de utilidades deberá cumplirse antes del 30 de mayo

El pago de utilidades a trabajadores deberá realizarse a más tardar el 30 de mayo, señaló el titular del Centro de Conciliación Laboral, Roberto Ramírez.

Explicó que este derecho aplica únicamente en aquellos casos donde las empresas hayan generado utilidades, ya que de ello depende que exista reparto.

Detalló que el monto a distribuir corresponde, de manera general, al 10 por ciento de las ganancias, el cual se divide en dos partes: una en función del salario y otra con base en los días trabajados.

Señaló que tienen derecho a recibir este beneficio quienes hayan laborado al menos 60 días, sin importar si continúan o no en la empresa.

Asimismo, mencionó que los patrones deben presentar su declaración ante la Secretaría de Hacienda y compartir la información con los trabajadores, quienes pueden revisarla e incluso inconformarse si detectan irregularidades.

Agregó que existen excepciones, como instituciones de asistencia social o sin fines de lucro, además de que los altos directivos no participan en este reparto.

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