El secretario del Ayuntamiento de Piedras Negras, Daniel Aguilar, explicó que la intervención extraordinaria realizada en el SIMAS, se llevó a cabo conforme a lo establecido en el Código Municipal, luego de la separación de funciones de quien se desempeñaba como gerente del organismo. Señaló que el alcalde actuó con base en el artículo 104, fracción 13, que faculta al presidente municipal a tomar decisiones urgentes bajo su más estricta responsabilidad.

Aguilar subrayó que esta medida no implicó asumir funciones gerenciales ni invadir atribuciones del consejo del organismo operador, sino únicamente garantizar la continuidad administrativa y operativa del sistema. “El señor presidente tomó el control del organismo sin invadir esferas competenciales y sin violar la suspensión que existe en ese control constitucional; es una acción necesaria para que el organismo continúe funcionando”, precisó.
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El funcionario explicó que el citado ordenamiento establece que las decisiones tomadas de manera emergente deben ser informadas puntualmente al Cabildo en la siguiente sesión, lo que ya ocurrió mediante la presentación de diversos informes financieros y administrativos para efectos de cuenta pública. “Lo que se hizo fue rendir cuentas al Ayuntamiento, como lo marca el artículo 104, y dar seguimiento institucional a la gestión del organismo”, afirmó.

Asimismo, destacó que la existencia de un procedimiento sancionador y la medida cautelar de separación del cargo no deben paralizar la operación de la paramunicipal. Añadió que, conforme al artículo 138 del Código Municipal, también se dio vista al Cabildo del informe anual presentado por la persona que venía ejerciendo como gerente, así como del informe correspondiente del comisario. “El organismo debe seguir operando independientemente de la situación jurídica de quienes ocupan los cargos; el servicio público no puede detenerse”, concluyó.

