Suprema Corte confirma que el Estado se queda con mansión de 51.7 mdp de Emilio Lozoya

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este viernes 28 de agosto, de manera definitiva, la extinción de dominio de una mansión valuada en 51.7 millones de pesos, propiedad del exdirector general de Petróleos Mexicanos (Pemex), Emilio Lozoya Austin.

El inmueble, ubicado en Lomas de Bezares, fue adquirido por Lozoya en 2012 por un monto de 38 millones de pesos. Con la resolución de la Corte, el Estado mexicano queda como propietario definitivo de la residencia.

El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, desechó el recurso de revisión presentado por Lozoya para combatir la resolución emitida el pasado 15 de abril por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil, que previamente le había negado un amparo contra la extinción de dominio de la propiedad.

Aguilar determinó que el recurso no planteaba un asunto novedoso en materia de interpretación constitucional ni una cuestión de suficiente relevancia jurídica para ser analizada por la Suprema Corte. Debido a ello, su determinación es inapelable.

La extinción de dominio del inmueble había sido decretada en mayo de 2024 por el Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materias Civil y Administrativa. En aquella resolución se estableció que existían elementos para considerar que Lozoya adquirió la vivienda con recursos provenientes de un presunto soborno entregado por Alonso Ancira, entonces propietario de Altos Hornos de México (AHMSA).

De acuerdo con el expediente, el dinero estaría relacionado con la operación mediante la cual Pemex compró en 2013 la planta Agronitrogenados, ubicada en Veracruz, por 273 millones de dólares, operación que fue señalada por haberse realizado a un precio presuntamente inflado.

Durante su defensa, Lozoya argumentó que la extinción de dominio se había aplicado de manera retroactiva con base en la Ley Nacional de Extinción de Dominio de 2019, pese a que la adquisición de la propiedad ocurrió en 2012 y la legislación vigente en ese momento era la ley federal correspondiente, que no contemplaba la extinción de bienes vinculados con el delito de lavado de dinero.

El argumento fue rechazado por los magistrados Fortres Mangas Martínez y Cristian Martínez Morales, mientras que la magistrada de carrera judicial Araceli Trinidad Delgado se pronunció a favor de la postura de Lozoya respecto a la retroactividad.

Aunque Lozoya todavía no ha sido declarado culpable dentro del proceso penal relacionado con el presunto soborno de AHMSA, el procedimiento de extinción de dominio se desarrolla por la vía civil. Este mecanismo no exige una sentencia penal previa que determine la existencia del delito, sino que puede sustentarse en indicios que relacionen determinados bienes con actividades ilícitas.

La residencia se encuentra en el conjunto Residencial La Retama, en el número 11 de la calle Ladera 20, en Lomas de Bezares, y está edificada sobre un terreno de mil 165 metros cuadrados.

Con la resolución definitiva de la Suprema Corte, el Gobierno federal podrá disponer del inmueble y determinar el destino de los recursos que se obtengan por su eventual venta. El proceso de comercialización estará a cargo del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep).

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