La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar la condena de 27 años de prisión impuesta a una mujer estadounidense en Tijuana.
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Este fallo ocurre tras detectar que el proceso judicial original careció de un análisis justo. Por ello, la Suprema Corte anuló la sentencia dictada en 2015 por el fallecimiento de su hija menor.
Los ministros ordenaron, de manera unánime, que se emita un nuevo fallo. Esta vez, las autoridades deben aplicar obligatoriamente la perspectiva de género en el análisis del caso.
El caso se remonta a hechos ocurridos en Baja California. La mujer fue señalada por la muerte de su hija de casi dos años, quien presentaba una discapacidad.
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Aunque la madre alegó un accidente doméstico, las investigaciones iniciales apuntaron a maltrato físico. Sin embargo, la defensa argumentó que existieron actos de tortura durante las declaraciones.
La ministra Sara Irene Herrerías señaló que la acusada fue juzgada bajo el prejuicio de ser una “mala madre”. No se consideró su entorno de pobreza ni su condición de migrante.
De acuerdo con los lineamientos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, juzgar con perspectiva de género es un mandato constitucional para evitar discriminación.
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, criticó que se asumiera la responsabilidad total de la mujer por el simple hecho de ser madre.
Las autoridades no investigaron la posible responsabilidad de su pareja sentimental en aquel momento.
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