¿Una persona con orden de aprehensión puede ser candidata a la Presidencia o una gubernatura? Esto establece la Constitución

Ante el caso del exgobernador panista Francisco García Cabeza de Vaca, surgió la duda sobre si una persona con una orden de aprehensión puede contender por un cargo de elección popular. Arturo Zaldívar explicó qué establece la Constitución.

Durante la conferencia mañanera de Claudia Sheinbaum, celebrada este viernes 28 de agosto en Palacio Nacional, el coordinador general de Política y Gobierno señaló que quienes busquen la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno deben conservar sus derechos político-electorales.

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Zaldívar explicó que el artículo 38 constitucional contempla la suspensión de estos derechos en casos como prisión preventiva, sentencia con pena de cárcel, condición de prófugo de la justicia o determinadas condenas. Sin embargo, una persona investigada, imputada o vinculada a proceso en libertad sí puede ser candidata.

El ministro en retiro de la SCJN agregó que una persona sentenciada también puede competir si no se encuentra en los supuestos específicos que implican la pérdida de derechos políticos. Entre ellos están ciertos delitos contra la vida. Además, también delitos sexuales, violencia familiar, violencia política de género y ser deudor alimentario.

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