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jue, Abr, 2024

Tribunal Electoral regresa tema de la reelección a la mesa del IEC.

El Tribunal Electoral de Coahuila resolvió, por mayoría de votos, revocar el acuerdo IEC/CG/115/2020, mediante el cual el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila atendió la consulta relativa a si Julio Iván Long Hernández, en su carácter de Alcalde de San Juan de Sabinas, podía participar para el proceso electoral 2021 por el que se renovarán los integrantes de los 38 municipios del estado.

Lo anterior, porque el Consejo General, al emitir la respuesta a la consulta, inobservó las sub-garantías inmersas en el derecho de petición, pues en el único resolutivo del acto impugnado, la autoridad responsable se limitó a manifestar que tiene por atendida la relacionada consulta, pero sin que se haya pronunciado de manera categórica, precisa y clara respecto de la pregunta que le fue planteada, habiéndose concretado a relatar una serie de hechos y trascripciones de preceptos constitucionales y legales, concluyendo que sería el Comité Municipal respectivo el que debería de pronunciarse sobre la procedencia del registro de Julio Iván Long.

Por tanto se determinó que el acto reclamado adolece de vicios por su falta de efectividad, claridad, precisión y congruencia, al estimar que el derecho de petición no queda colmado con la transcripción de los preceptos jurídicos aplicables al tema de reelección, puesto que el Consejo General es el órgano competente para pronunciarse sobre la posición jurídica de la consulta realizada, con el objetivo de generar certeza sobre el criterio aplicable para el caso del peticionario.

Por lo que, se ordenó al Consejo General del IEC para que, a más tardar dentro del plazo de 3 días hábiles siguientes a que se notifique la resolución de este Tribunal, emita una nueva resolución en la que, con libertad de decisión, se pronuncie de manera categórica, precisa y clara respecto de la pregunta que le fue planteada.

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