Menores no pueden ser juzgados como adultos pero si llevar un proceso: Pronnif

Luego del homicidio ocurrido el pasado fin de semana, en el que un hombre de 35 años perdió la vida tras ser acuchillado presuntamente por dos personas, una de ellas menor de edad, la subprocuradora de la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia (PRONNIF) en la Región Centro, Martha Herrera, explicó el proceso legal que se aplica en estos casos.

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Indicó que los menores de edad no pueden ser juzgados como adultos, aun en delitos graves como el homicidio, ya que están protegidos por la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Sí son llevados a un proceso penal y pueden ser vinculados, si existen las pruebas suficientes que los relacionen con el hecho”, afirmó Herrera, subrayando que debe garantizarse el debido proceso, como en cualquier otro procedimiento judicial.

Herrera señaló que esta ley busca que los adolescentes infractores se reintegren a la sociedad. En caso de ser declarados culpables, las sentencias para menores son más reducidas que las de los adultos, incluso si el joven tiene 17 años y está por cumplir la mayoría de edad.

“El objetivo es que el Estado les proporcione herramientas para corregir su camino”, dijo, dejando claro que la justicia para adolescentes prioriza la rehabilitación y no únicamente el castigo.

También destacó que la vinculación a proceso no implica culpabilidad, sino que es el inicio formal del juicio, donde tanto la fiscalía como la defensa deben presentar pruebas.

Finalmente, reiteró que la edad del implicado influye en la penalidad, pero en ningún caso se aplican las mismas sanciones que a un adulto, incluso si el delito es de alto impacto.

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