Las tomas irregulares al sistema de agua potable pueden ser sancionadas administrativamente por los organismos operadores. Tambien pueden derivar en denuncias penales por parte del Ayuntamiento. Así lo señaló el secretario del Ayuntamiento, Daniel Aguilar, quien explicó que la legislación vigente en Coahuila establece las facultades para actuar ante este tipo de situaciones.

La Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila faculta a los organismos operadores del servicio de agua potable y drenaje para imponer sanciones administrativas a quienes incurran en irregularidades. “La Ley de Aguas para los municipios del estado de Coahuila faculta a los organismos operadores del servicio público de agua y drenaje para imponer sanciones. En este caso serían administrativas”, afirmó Aguilar.
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Asimismo, explicó que cuando existan elementos suficientes para presumir la comisión de un delito, el Ayuntamiento conserva la facultad de presentar las denuncias correspondientes. No obstante, precisó que hasta el momento los casos detectados únicamente han sido atendidos mediante sanciones administrativas. “Frente a un posible delito, el Ayuntamiento tiene a salvo la facultad, una vez que quede acreditado, para realizar las denuncias. Hasta este momento solo ha quedado en sanciones administrativas porque las personas también desconocen la situación”, señaló.

El tratamiento puede variar cuando se trata de empresas o personas morales, debido a que se espera un mayor conocimiento de la normatividad aplicable. “Creemos que con la sanción administrativa basta. Con personas morales o empresas o líneas comerciales que debieran de tener el conocimiento; ahí sí hay una obligación un poco mayor”. Finalmente, reiteró que, aunque hasta ahora no ha sido necesario presentar denuncias penales, las sanciones administrativas están plenamente contempladas en la legislación estatal.

