IEC deberá revisar la asignación de diputaciones plurinominales tras sentencia del Tribunal Electoral de Coahuila

El Tribunal Electoral del Estado de Coahuila resolvió modificar el cómputo distrital de la elección de diputaciones locales en el Distrito Electoral 01, con cabecera en Acuña, luego de decretar la nulidad de la votación recibida en dos casillas, aunque rechazó la petición de abrir la totalidad de los paquetes electorales y también desestimó la solicitud de anular la elección.

La resolución fue emitida durante una sesión pública extraordinaria dentro de los Juicios Electorales TECZ-JE-23/2026 y sus acumulados TECZ-JE-48/2026, TECZ-JE-67/2026 y TECZ-JE-70/2026, promovidos por Morena, Partido Verde Ecologista de México, Partido Acción Nacional y Partido del Trabajo.

Los partidos impugnaron el acuerdo IEC/CDE01/17/2026, mediante el cual el Comité Distrital Electoral 01 del Instituto Electoral de Coahuila realizó el cómputo, declaró la validez de la elección y entregó las constancias de mayoría.

Entre sus principales solicitudes se encontraba la apertura total de los paquetes electorales, la nulidad de la votación recibida en diversas casillas y, en caso de acreditarse irregularidades suficientes, la nulidad completa de la elección distrital

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Sin embargo, el Tribunal determinó que no se actualizaron los supuestos excepcionales establecidos en la legislación para ordenar una revisión total de los paquetes electorales. Además, señaló que una parte considerable de éstos ya había sido objeto de recuento administrativo y que no fueron acreditadas las irregularidades denunciadas.

Por ello, declaró improcedente la apertura total y la verificación de los paquetes en sede jurisdiccional.

No obstante, el Pleno sí encontró elementos suficientes para anular la votación de las casillas 1697 Básica y 1755 Contigua 2, al acreditarse que la recepción de los sufragios estuvo a cargo de personas distintas a las legalmente facultadas para desempeñar esa función.

Como consecuencia, el Tribunal modificó el acuerdo IEC/CDE01/17/2026 únicamente en lo relacionado con el cómputo distrital, para que se realice la recomposición correspondiente descontando los votos anulados en ambas casillas.

La resolución también dejó sin efectos los acuerdos IEC/CG137/2026 e IEC/CG138/2026, mediante los cuales el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila realizó el cómputo estatal y expidió las constancias de asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional.

En contraste, fueron desestimadas las demás causales de nulidad planteadas por los partidos, debido a que no lograron demostrar los elementos necesarios para acreditar las irregularidades denunciadas.

El Tribunal tampoco encontró elementos para anular la elección por supuestas violaciones graves, dolosas y determinantes, entre ellas rebase de topes de campaña, utilización de recursos ilícitos o públicos no autorizados, ni afectaciones generalizadas a principios constitucionales.

Con esta resolución, el resultado del Distrito 01 deberá ajustarse únicamente por la nulidad de las dos casillas señaladas, mientras que el resto de la elección se mantiene firme

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