Alicia gestó para una pareja española y ahora enfrenta batalla legal para no ser reconocida como madre

El 10 de junio de 2024, Alicia firmó un contrato de gestación por sustitución con una pareja española que no podía tener hijos. Diecinueve días después recibió la transferencia de un embrión fecundado con material genético de uno de los padres de intención.

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El embarazo fue confirmado mediante análisis clínicos el 10 de julio de ese año y transcurrió con normalidad, por lo que el nacimiento de la bebé estaba previsto para marzo de 2025.

Sin embargo, conforme se acercaba la fecha del parto, Alicia comenzó a preocuparse por las implicaciones legales del nacimiento, particularmente por la posibilidad de que el Registro Civil de la Ciudad de México la registrara como madre en el certificado correspondiente.

De acuerdo con información de Milenio, la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad de México le informó que no existía un procedimiento para impedirlo.

Ante esta situación, Alicia promovió un amparo ante el Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil y cuestionó la constitucionalidad del artículo 54 del entonces Código Civil del Distrito Federal, vigente desde 1974, que establece que el certificado de nacimiento constituye una prueba de la maternidad.

La joven argumentó que dicha disposición resulta discriminatoria, debido a que parte de la capacidad biológica de las mujeres para gestar para imponerles la maternidad, sin tomar en cuenta su voluntad procreacional.

Jueza le concede amparo, pero el caso llega a la Corte

En mayo de 2025, la jueza que llevó el caso otorgó el amparo a Alicia. Consideró que no existía voluntad procreacional ni vínculo biológico con la menor y determinó que las normas cuestionadas generaban una afectación discriminatoria hacia las mujeres.

La Consejería Jurídica del Gobierno de la Ciudad de México impugnó esa resolución, por lo que el asunto llegó al Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil.

El tribunal decidió no resolver el fondo del caso y solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejercer su facultad de atracción para analizarlo.

Suprema Corte rechaza el amparo

El pasado 9 de septiembre, la SCJN resolvió el caso en contra de Alicia. La ministra María Estela Ríos González propuso revocar la sentencia que le había concedido la protección judicial y declaró constitucional el artículo 54.

De acuerdo con la resolución, la disposición establece una presunción de filiación materna que puede ser desvirtuada mediante pruebas, por lo que no implicaría que la mujer gestante deba asumir de manera definitiva la maternidad.

Durante la discusión, el ministro Irving Espinosa Betanzo cuestionó esta postura y señaló la necesidad de establecer una regulación frente a lo que calificó como un “mercado reproductivo transnacional sumamente lucrativo”, en el que existen diferencias de género y de poder económico entre las personas involucradas.

Tras el fallo de la Suprema Corte, Alicia tendrá que iniciar un nuevo proceso judicial para intentar evitar que legalmente sea reconocida como madre de la menor.

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